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La doctrina mayoritaria entiende al derecho de aguas “como la rama del Derecho Ambiental que tiene por objeto el estudio del régimen de dominio de las aguas, las normas inherentes a su aprovechamiento, la defensa contra sus efectos nocivos o dañinos y la regulación de las obras hidráulicas y otras medidas no estructurales, tendientes al uso, preservación y defensa de las aguas; todo ello en relación con los demás recursos naturales y el ambiente.”
Este concepto debe entenderse en forma amplia, considerando:
Fuente: GWP. César Magnani – Consultoría sobre Legislación de aguas
En esta sección podrá encontrar diversos documentos que tratan el tema de legislación y normativa sobre el recurso hídrico en los países centroamericanos.
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